Equipos de protección individual ante el riesgo biológico en el sector médico-sanitario - Equipamiento médico y hospitalario

2022-11-07 15:26:53 By : Ms. Rose Wong

La protección de los trabajadores frente a los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos es un imperativo para garantizar la seguridad y la salud de los mismos

Estos agentes pueden ser bacterianos, víricos, fúngicos o parasitarios y se pueden transmitir por diversas vías (aérea, sanguínea, contacto directo con secreciones o fómites), y a diferencia de los químicos y los físicos, son seres vivos, organismos con un ciclo de vida determinado que, al penetrar en el cuerpo humano, pueden ocasionar enfermedades de tipo infeccioso o parasitario. La exposición del personal sanitario a agentes biológicos deriva de una actividad que no implica una intención deliberada de utilizar o de manipular este agente, exceptuando a los laboratorios de diagnóstico microbiológico, pero que puede conducir a la exposición. Se trata por tanto de una exposición potencial a agentes biológicos, dado que la exposición es incidental al propósito principal del trabajo, pero que queda plenamente incluida en el ámbito de aplicación del Real decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

Los productos sanitarios tras cuatro años de complicadas negociaciones iniciadas en octubre de 2012 en el seno del Consejo de la Unión Europea, se publicó el 17 de junio de 2016 el texto de los dos nuevos reglamentos de productos implantables activos y productos sanitarios de diagnóstico in vitro. En esta nueva reglamentación se amplía la definición del concepto productos sanitarios, en el que se incluyen no solo productos cuya finalidad sea el diagnóstico, prevención, control, tratamiento o alivio de una enfermedad, sino también aquellos cuya finalidad sea la “predicción o el pronóstico” de enfermedades. Estos nuevos reglamentos afectan a más de 500.000 productos que van desde tiritas, a escayolas, tests de diagnóstico, marcapasos y a guantes o mascarillas.

a) Agentes biológicos: microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad.

b) Microorganismo: entidad microbiológica, celular o no, capaz de reproducirse o de transferir material genético.

c) Cultivo celular: el resultado del crecimiento in vitro de células obtenidas de organismos multicelulares.

Clasifica los agentes biológicos pueden agruparse en 4 tipos según el riesgo de infección. La inclusión en cada grupo viene determinada por las propiedades intrínsecas del agente biológico: la patogenicidad (virulencia y dosis infectiva) de la especie microbiana en humanos, el peligro para los trabajadores, la facilidad de propagación y la existencia o disponibilidad de profilaxis o tratamiento eficaz.

En la tabla siguiente se recogen algunos de los servicios en hospitales y centros sanitarios y los equipos de protección individual recomendados frente al riesgo biológico.

Los EPI de protección respiratoria deben de tener el marcado CE de EPI categoría III. Las mascarillas quirúrgicas son productos sanitarios y, por tanto, no son válidas para prestar asistencia a pacientes bajo sospecha de infección por agentes biológicos peligrosos altamente transmisibles por vía inhalatoria; ante este peligro el personal im-plicado debe llevar una protección respiratoria como mínimo, del nivel que ofrece una media máscara filtrante (mascarilla autofiltrante) de clase FFP3 de alta eficacia, con válvula de exhalación, según la norma UNE-EN 149. Además, la mascarilla también tiene que ser resistente a fluidos de acuerdo con la norma UNE-EN 14683 o equivalente.

Antes de utilizar el EPI se debe hacer una comprobación de ajuste teniendo en cuenta la presencia de barba, o de algunos defectos faciales, como, por ejemplo, cicatrices, fracturas faciales antiguas, etc., que pueden interferir negativamente en este ajuste, afectando el funcionamiento del equipo y su protección nominal. En cualquier caso, las situaciones deben evaluarse individualmente, y podría necesitarse el uso de equipos de protección respiratoria que no requieran ajuste hermético, como por ejemplo, equipos filtrantes de ventilación asistida o equipos aislantes incorporados en un casco o capuz.

Si los guantes superan los requisitos que establecen las normas anteriores, constituyen una barrera efectiva contra bacterias y hongos, pero no contra los virus, que tienen un tamaño muy inferior. Por tanto, para garantizar la protección se debe superar el ensayo de resistencia a la penetración viral según la norma ISO 16604 o la ASTM F1671 o equivalente. En este ensayo en que el material se somete a la presión hidrostática de una suspensión que contiene el bacteriófago Phi-X174, que simula los fluidos biológicos que contienen virus como los de la hepatitis C, B o el VIH.

Los guantes exteriores largos, con una caña de 40 cm, se recomienda que lleguen a mitad del antebrazo y que sean preferiblemente de un color diferente del de los guantes interiores cortos, con una caña de 30 cm. Cuando se utilizan guantes exteriores cortos, se recomienda mantenerlos fijados en los extremos con cinta adhesiva, para evitar que se deslicen por el antebrazo.

Teniendo en cuenta además que se trata de un equipo de protección contra agentes biológicos peligrosos altamente transmisibles, en las situaciones de riesgo alto se debe que tengan un nivel límite de calidad de aceptación de muestreo AQL (Aceptable Quality Level según la norma ISO 2859-1 inferior a 0,65 (nivel de paso 3). Si no fuera posible encontrar guantes con estas características, se deben usar guantes con un nivel AQL inferior a 1,5 (nivel de paso 2). En todos los casos siempre se debe de inspeccionar los guantes antes de usarlos, para comprobar que no tienen ninguna imperfección.

Los guantes ProteHo Nitrile Gloves están especialmente indicados para el sector sanitario entre otras aplicaciones. Crédito imagen Ramos STS.

En los casos de riesgo bajo de exposición del cuerpo a agentes biológicos peligrosos se tiene que optar por prendas de ropa que cubran parcialmente diferentes zonas de cuerpo como la bata mientras que, para exposiciones de alto riesgo, hay que emplear traje/mono integral preferentemente con capucha, capuz para proteger la cabeza y polainas hasta media pierna para cubrir los pies.

En el caso de ropa de protección parcial, como las batas, se debe de llevar puesta debajo la ropa de trabajo; mientras que en el caso de traje/mono integral, debajo de este hay que llevar el mínimo de ropa imprescindible y preferentemente transpirable, para evitar el déficit de transpiración de estos tejidos impermeables.

La forma habitual de clasificación de los equipos de protección individual se basa en si la protección es integral o parcial en función de la zona que protegen. Partiendo de la premisa de que medios parciales de protección son aquellos que protegen al individuo frente a riesgos que actúan preferentemente sobre partes o zonas concretas del cuerpo, se detallan las características funcionales y requerimientos técnicos de los diferentes EPI de protección del cuerpo:

Actualmente y después de la modificación del Reglamento 2016/425 en las situaciones de bajo riesgo debe utilizarse como EPI una bata de protección larga cerrada por detrás y con puños ajustables del tipo con marcado CE de categoría III7, de tipo PB 6B, una prenda de protección parcial del cuerpo contra salpicaduras de productos químicos líquidos de intensidad limitada, según la norma UNE-EN 13034, o bien del tipo PB 4B, una prenda de protección parcial del cuerpo hermética a líquidos pulverizados, de acuerdo con la norma UNE-EN 14605. En todos los caso, el material de estas batas debe cumplir la máxima clasificación de los ensayos de barrera contra la penetración de agentes biológicos establecidos en la norma UNE-EN 14126. La información que tiene que figurar en la documentación técnica del equipo que es:

En situaciones de emergencia, como brotes epidémicos o de situaciones en las que los fabricantes o suministradores puedan presentar problemas de suministro de estos equipos de protección individual, se pueden usar, excepcionalmente, batas certificadas únicamente como producto sanitario que hayan sido testadas por su resistencia a la penetración de fluidos, de acuerdo con las normas UNE-EN 13795 nivel alto y ASTM F1671, o bien la norma ANSI/AAMI PB70, niveles 4 o 3. Las batas quirúrgicas de ropa no impermeable u otras batas que no cumplan estos requisitos no confieren la protección mínima necesaria.

Para las situaciones de alto riesgo hay que utilizar traje/mono integral de protección con costuras termoselladas y puños ajustables, preferentemente con capucha y con una talla que proporcione cierta amplitud ya que las tallas muy ajustadas dificultan los movimientos y la retirada del vestido. Generalmente se debe usar la talla superior. Requiere marcado CE de categoría III y será, a todos los efectos, al menos de tipo 4B, ropa de protección hermética a líquidos pulverizados, de acuerdo con la norma UNE-EN 14605. El material debe cumplir la máxima clasificación de los ensayos de barrera contra la penetración de agentes biológicos establecidos en la norma UNE-EN 14126, cuya información que tiene que figurar en la documentación técnica del equipo.

En los casos de asistencia a pacientes sospechosos con riesgo evidente de exposición mucocutánea a fluidos (hemorragias, vómitos, diarrea, incontinencia urinaria o fecal, etc., se debe usar equipos de tipo 3B, ropa de protección hermética a líquidos presurizados, de acuerdo con la misma norma UNE-EN 14605 y con los mismos requerimientos de los ensayos de barrera de la norma UNE-EN 14126. También se recomienda utilizar equipos de tipo 3B en caso de prever la necesidad de efectuar movimientos o actividades que puedan someter la ropa de protección a tensiones mecánicas fuertes como por ejemplo los esfuerzos en el traslado de pacientes. Por la misma razón de resistencia mecánica, se recomienda igualmente usar monos de tipo 3B si el trabajador se tiene que duchar con la ropa de protección después de llevar a cabo la actividad de riesgo. Si al finalizar la operación de riesgo y ante cualquier exposición a agentes químicos, como los desinfectantes, se debe garantizar que el material de la ropa de protección, tanto si es de tipo 4B como 3B, debe de ser compatible con los agentes químicos empleados por la descontaminación, debiendo también figurar esta información en la documentación técnica que acompaña al EPI.

Para escoger la talla de estos EPI hay que tener en cuenta las tallas normalizadas que deben estar indicadas en la etiqueta de la prenda y en folleto informativo. Estas tallas normalizadas se ajustan a las medidas corporales de pecho, cintura, altura no están directamente asociadas a las referencias de las casas comerciales para las prendas de vestir (S, M, L, XL).

Protección de la cabeza

Para la protección se utilizará un capuz. Antes de la colocación sobre la cabeza, si el pelo largo, debe recogerse con un moño alto y cubrirlo con un gorro quirúrgico. Debe utilizarse un capuz con la mínima apertura facial y que cubra el cuello y la parte alta del tórax. Se requerirá marcado CE de categoría III y será de tipo PB 4B, prenda de protección parcial del cuerpo hermética a líquidos pulverizados, o bien PB 3B, prenda de protección parcial del cuerpo hermética a líquidos presurizados), de acuerdo con la norma UNE-EN 14605 (32. El material tiene que cumplir, igual que en el resto de ropa de protección, la máxima clasificación de los ensayos de barrera contra la penetración de agentes biológicos establecidos en la norma UNE-EN 14126 (33), información que se incluirá en la documentación técnica del equipo.

Para la protección se utilizará un capuz. Antes de la colocación sobre la cabeza, si el pelo largo, debe recogerse con un moño alto y cubrirlo con un gorro quirúrgico. Debe utilizarse un capuz con la mínima apertura facial y que cubra el cuello y la parte alta del tórax. Crédito imagen: Capuz Topguard CAT III PB Tipo (4) B Y PB (3) B. Ramos STS.

Protección de los pies

Para su protección se utilizarán polainas con suela antideslizante, ajustables a media pierna. Se colocarán por encima de los zapatos cerrados y sujetos a los pies. Estos EPIs requirieren marcado CE de categoría III y será de tipo PB 4B, prenda de protección parcial del cuerpo hermética a líquidos pulverizados, o bien PB 3B, prenda de protección parcial del cuerpo hermética a líquidos presurizados, de acuerdo con la norma UNE-EN 14605. Los materiales con los que están confeccionadas las polainas deben de cumplir, al igual que en el resto de ropa de protección, la máxima clasificación de los ensayos de barrera contra la penetración de agentes biológicos establecidos en la norma UNE-EN 14126, información que se incluirá en la documentación técnica del equipo.

En todas las situaciones de bajo riesgo el personal sanitario implicado debe llevar gafas de montura integral, certificadas según la norma técnica UNE-EN 166, con las siguientes características: Oculares de clase óptica 1 (para trabajos continuos) con tratamiento que les confiera resistencia al empañamiento (marcado con el símbolo N). Montura de campo de uso 3 (gotas o salpicaduras de líquidos).

En todas las situaciones de alto riesgo el personal sanitario implicado debe llevar gafas de montura integral, certificadas según la misma norma técnica UNE-EN 166, con las siguientes características: Oculares de clase óptica 1 (para trabajos continuos) con tratamiento que les confiera resistencia al empañamiento (marcado con el símbolo N). Montura de campo de uso 5 (gas, vapores, esprays, humo y polvo con tamaño de partículas < 5 µm).

Además, en tareas con alto riesgo de generar salpicaduras de fluidos corporales, además de las gafas integrales, se valorará la necesidad del usar una pantalla facial que debe cumplir la misma norma UNE-EN 166. Cuando el personal que precise usar gafas graduadas, las gafas de protección deben ser compatibles con un uso simultáneo de las mismas.

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